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Impuestos

La subida fiscal echa por tierra los planes de inversión de las empresas

El incremento tributario dañará la contabilidad de muchas compañías El cierre del año previsto por muchas empresas ha quedado desbaratado Se exige tributar por el deterioro de cartera, aunque no haya beneficios

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.EFE

El real decreto de subidas fiscales convalidado el jueves en el Congreso tendrá un fuerte e inesperado impacto sobre las cuentas de las empresas, que han visto cómo en el último mes del año las reglas del juego cambiaban sin previo aviso. Empresarios y expertos fiscales aseguran que las medidas tributarias, que limitan la compensación fiscal de pérdidas de años anteriores o exigen tributar ya por el deterioro de cartera de ejercicios pasados echan por tierra las planificaciones de las empresas y afectarán a la inversión y a la creación de empleo.

Las medidas fiscales afectan especialmente a las empresas que más han sufrido la crisis

"El hachazo fiscal es tremendo”. Así define un asesor tributario las medidas. El real decreto incluye dos medidas que afectan ya al ejercicio 2016 y cuya aprobación en diciembre supone desbaratar las previsiones de cierre del año de las empresas. Hacienda exigirá que las sociedades que en el pasado se hubieran deducido el deterioro de participaciones en otras entidades tributen por ello en los próximos cinco años, con independencia de que se haya generado o no un beneficio o se haya producido un incremento de los fondos propios. Es decir, se obliga a revertir el deterioro, aunque no exista una mejora económica real. Hacienda prevé recaudar 2.000 millones con esta medida. Cristino Fayos, socio de Deloitte Legal, indica que el real decreto perjudica especialmente a las empresas que han sufrido con mayor virulencia la crisis económica. Ello es así porque, además de obligar a tributar por el deterioro de cartera, Hacienda ha endurecido nuevamente la posibilidad de compensar las bases imponibles negativas registradas en el pasado. Así, las grandes perjudicadas por las medidas del Gobierno de Mariano Rajoy son las compañías que han sufrido mayores pérdidas y aquéllas que cuentan con participaciones que han perdido valor.

Juan Cobo de Guzmán, socio de Tributación de Empresas de EY Abogados, señala que “la limitación de las bases imponibles negativas sitúa a España como el país más restrictivo de la Unión Europea” en este aspecto. Y añade que ello resta competitividad a la economía y a las empresas españolas.

Por otra parte, los departamentos fiscales, contables y los auditores están analizando el fuerte y negativo impacto que puede llegar a tener sobre la contabilidad de las empresas el conjunto de medidas fiscales y el nuevo tratamiento de los créditos fiscales. En este sentido, reclaman que el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y la CNMV intervengan y aclaren la situación.

Junto a la limitación de las bases imponibles negativas y la reversión del deterioro de cartera, Hacienda también ha establecido que las pérdidas en la venta de participaciones en otras entidades no serán deducibles fiscalmente. Esta medida sí que cuenta con un mayor trasfondo teórico. Actualmente, cuando una empresa se desprende por ejemplo de las acciones de otra compañía, la plusvalía obtenida está exenta si se cumplen determinadas condiciones como que la participación sea superior del 5%. Sin embargo, si esa venta genera pérdidas, da derecho a deducción. A partir de enero de 2017, la exención regirá para todas las situaciones. Así, los beneficios no tributarán, pero las pérdidas no serán deducibles.

La subida fiscal en el impuesto sobre sociedades afectará especialmente a las empresas más internacionalizadas y fuentes del sector señalan que el mayor impacto recaerá sobre las empresas cotizadas y del Ibex. Las entidades financieras, con fuertes intereses fuera de España, son uno de los sectores que saldrá especialmente perjudicado.

La subida fiscal supera a la rebaja que aprobó el Gobierno antes de las elecciones

Grandes compañías ya han trasladado al Ministerio de Hacienda su malestar, que se hará evidente en los próximos eventos en los que las empresas se sienten con representantes de la Administración como puede ser el Foro de Grandes Contribuyentes. Las compañías defenderán que pueden asumir una mayor fiscalidad, pero no que el Gobierno cambie las reglas a mitad del partido como ha sucedido con el decreto tributario. Muchas compañías han visto cómo en el mes de diciembre todas sus planificaciones y estimaciones de resultados se venían abajo por un cambio normativo aprobado a menos de 30 días para cerrar el ejercicio.

Según las previsiones del Ministerio de Hacienda, las modificaciones en el impuesto sobre sociedades supondrán que las empresas paguen 4.655 millones adicionales en la declaración de 2017. La cifra equivale al 22% de la recaudación del año anterior. Supera, por ejemplo, el impacto de la reforma fiscal que aprobó el Gobierno antes de las elecciones y cuantificó en 3.078 millones en el impuesto sobre sociedades. Además, el incremento de los pagos fraccionados de octubre y diciembre de este año supondrá que las empresas adelanten 8.000 millones a las arcas públicas.

Resumen de las subidas fiscales

Compensar pérdidas: Las empresas con una cifra de negocios superior a 60 millones solo podrán compensar el 25% de las bases imponibles negativas de años anteriores. El límite será del 50% para compañías entre 20 y 50 millones. Se limita la aplicación de deducciones por doble imposición al 50% de la cuota íntegra.

Reversión del deterioro de cartera: Las compañías que en el pasado se hubieran deducido el deterioro del valor de participaciones deberán tributar por ello. La reversión se llevará a cabo con independencia de la situación económica y se trasladará a la base imponible durante los próximos cinco años de forma lineal.

Minusvalías: Las pérdidas en la transmisión de participaciones no serán deducibles a partir de enero de 2017.

Aplazamientos: Las empresas no tendrán prácticamente capacidad a partir del próximo año para aplazar el pago de impuestos.

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