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Hipotecas

El Defensor del Pueblo denuncia que pocas cláusulas suelo son transparentes

Denuncia que la banca no informa de los cambios en las comisiones por uso de cajeros

La defensora del Pueblo, Soledad Becerril, durante su intervención tras hacer entrega del Informe Anual 2016 a la presidenta del Congreso, Ana Pastor, hoy en la Cámara Baja.
La defensora del Pueblo, Soledad Becerril, durante su intervención tras hacer entrega del Informe Anual 2016 a la presidenta del Congreso, Ana Pastor, hoy en la Cámara Baja.Emilio Naranjo (EFE)

El Defensor del Pueblo cree que “la experiencia” muestra que “pocas” cláusulas suelo cumplen con los niveles de transparencia para no ser declaradas abusivas. Esta es una de las conclusiones del informe anual correspondiente a 2016 que la defensora del Pueblo, Soledad Becerril, presentó este martes en el Congreso de los Diputados y en el que ya se reclamaba la creación de un sistema extrajudicial de negociación, como el que acabó poniendo en marcha el Gobierno, para evitar a los clientes tener que acudir a los tribunales para recuperar su dinero.

La avalancha de demandas judiciales por las cláusulas suelo ha puesto de manifiesto, según el organismo, la necesidad de proveer a los ciudadanos con un sistema que les ahorre el trámite judicial después de que el Tribunal Supremo aclarara en mayo de 2013 las condiciones de transparencia necearias para dar por válida una cláusula y una vez que el Tribunal de Justicia de la UE aclaró el pasado diciembre que si la condición es declarada nula el banco debe devolver todo lo cobrado de más con retroactividad total.

El informe presentado este martes por Becerril denuncia, sin embargo, que un elevado número de afectados que se acogieron a la anterior doctrina sobre cláusulas suelo dictada por el Supremo en mayo de 2013 –que fijó aquella fecha como límite temporal para las devoluciones– no disfrutaron del cese de estas condiciones abusivas hasta meses después.

De este modo, el Defensor del Pueblo expone como ejemplo del perjuicio ocasionado a los clientes de la banca sometidos a este tipo de contratos una serie de ejecuciones hipotecarias –embargos de una propiedad para su venta– puestos en marcha por una caja de ahorros en Córdoba. La entidad acompañaba estas demandas con actas realizadas por notarios del Colegio de Andalucía que, al fijar el saldo final adeudado por el hipotecado, obviaron que la caja había aplicado los intereses abusivos hasta noviembre de 2013, seis meses después de entrar en vigor la norma del Alto Tribunal.

Así, se remite a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que exige “especial rigor” e “intensa diligencia” en estos supuestos “generalizados”, y confía en dar solución a un problema del que ya ha notificado a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Por otra parte, el Defensor del pueblo advierte de que muchas entidades no informan previamente a sus clientes de los cambios que realizan en las condiciones de los contratos de las tarjetas de crédito, entre los que se incluyen las comisiones por la retirada de efectivo en cajeros. Así se recoge en el informe en referencia a la norma que regula las tarifas por la retirada de efectivo en los cajeros que está en vigor desde enero de 2016. La institución recuerda que dicha norma supuso un nuevo modelo de cobro de comisiones en el que la entidad propietaria del cajero puede establecer una comisión por la retirada de dinero que será exigida a la entidad emisora de la tarjeta y esta decide si repercute o no la comisión a su cliente. Las condiciones solo pueden cambiarse informando con una antelación mínima de 60 días.

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