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Empleo público

Un juez reconoce la antigüedad de un empleado laboral de Madrid

El convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad de Madrid prevé que si transcurren más de tres meses entre diferentes contratos, no se acumula la antigüedad El juzgado madrileño se adelanta al Supremo, que debe de fallar sobre como interpretar medio millar de reclamaciones bloqueadas

Imagen de una manifestación en defensa de la sanidad pública.
Imagen de una manifestación en defensa de la sanidad pública.EFE
Raquel Pascual Cortés

El Juzgado de lo Social número 33 de Madrid ha reconocido la antigüedad de un trabajador laboral fijo de la Comunidad de Madrid, al que la Administración no le reconocía todos los trienios porque entre algunos de los diversos contratos que tuvo como empleado laboral de la sanidad madrileña habían pasado más de tres meses.

El convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad de Madrid establece en su artículo 37 que "si hay una solución de continuidad entre contratos de personal laboral superior a tres meses no se acumula la antigüedad del trabajador". Pero las reclamaciones por este asunto habían llegado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que dictaminó en una sentencia que el periodo que haya entre contratos debe ser indiferente para reconoce la antigüedad de un trabajador.

A raíz de esta resolución de la justicia comunitaria cerca de medio millar de empleados públicos de la Comunidad de Madrid afectados por esta situación interpusieron centenares de reclamaciones individuales. Al mismo tiempo, se abrió un proceso de conflicto colectivo contra este convenio del personal laboral madrileño, que los sindicatos ganaron.

Sin embargo, la Comunidad de Madrid recurrió dicho conflicto colectivo, que llegó al Tribunal Supremo, lo que supuso que todas las reclamaciones individuales de los trabajadores afectados se suspendieran hasta que el alto tribunal dicte sentencia.

Según ha explicado hoy el sindicato de empleados públicos CSIF, al que pertenece el trabajador al que se le ha reconocido la antigüedad, el juez madrileño de lo social se ha adelantado así al Tribunal Supremo, que está a punto de fallar sobre cómo deberán interpretar los jueces centenares de demandas individuales y una colectiva, ahora bloqueadas, que exigen que se les reconozca esta antigüedad.

De hecho, la sala IV del Supremo votó en Pleno el pasado día 13 para adoptar una decisión sobre este asunto y desbloquear las centenares de sentencias pendientes. Así, el fallo del Alto Tibunal se conocerá en breve.

De momento, la sentencia del juzado madrileño es la primera que, sin esperar al Supremo, ha sentenciado a favor del trabajador reconociéndole su antigüedad y rompiendo la solución de continuidad de los tres meses que prevé el convenio del personal laboral madrileño. No obstante, esta sentencia condena a la Consejería de Sanidad a que le reconozca al demandante siete trienios y le abone la cantidad de 395,12 euros, pero declara prescritas las cantidades reclamadas anteriores a abril de 2015.

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Sobre la firma

Raquel Pascual Cortés
Es periodista de la sección de Economía, especializada en información sobre empleo, Seguridad Social, pensiones y relaciones laborales. Licenciada en C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía de la agencia Europa Press y por el diario Soria 7 Días.

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