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La nueva norma entrará en el próximo ejercicio

Las auditoras darán más información sobre los riesgos

Fachada de la sede de KPMG en Madrid.
Fachada de la sede de KPMG en Madrid.Pablo Monge

Era una exigencia por parte de inversores desde hace años la posibilidad de acceder a una información más amplia sobre la auditoría independiente de las empresas, especialmente las cotizadas pero también las de interés público. Será por fin en el próximo ejercicio en el que las auditoras deberán adaptarse a una nueva regulación.

Una de ellas, KPMG, ha presentado un informe en el que detalla el nuevo marco regulatorio y los cambios que deben adoptar tanto las auditoras como las empresas. En el caso de España, afectará a todas las compañías que comiencen ejercicio a partir del 17 de junio de este año.

La nueva legislación, que parte de una directiva comunitaria, supone dotar de una información más amplia a los informes de auditoría. De esta forma, las auditoras tendrán que especificar de manera más detallada los riesgos que existan en las empresas estudiadas, así como la respuesta que estas dan a dichos riesgos.

El renovado documento cambia el orden de los párrafos y ahora será la opinión sobre los estados financieros de la empresa los que abran el informe. Las auditoras tendrán que detallar de forma concreta cuál es su responsabilidad y cuál depende de la dirección de la empresa. KPMG remarca que el objetivo de esta nueva regulación es “brindar al auditor la plataforma para destacar las cuestiones que le preocuparon más y en las que se centró durante la auditoría y explicar cómo las abordó”.

Jorge Herreros, socio de KPMG España, considera que “la inclusión de cuestiones clave de auditoría en los informes eleva la importancia de la comunicación entre el auditor y los órganos de gobierno de la entidad”.

Por otro lado, el consejo de administración, a través de la comisión de auditoría, dispondrá de un informe adicional del auditor sobre los resultados de la auditoría. En él, aportará información detallada sobre distintos aspectos de la metodología empleada y la ejecución de la auditoría, como el nivel cualitativo de la revisión de las cuentas, deficiencias de control interno detectadas y si en cada caso si ha sido resuelta o no por la dirección y dificultades encontradas durante la auditoría, entre otras

El cambio que ahora se aborda afectará a nivel internacional, ya que se encuadra dentro del nuevo marco de la Normas Internacionales de Auditoría (NIA). Por ello, Borja Guinea, socio responsable de auditoría de KPMG España, remarca la importancia de este cambio para empresas que operan en “mercados globales”. “Es positivo que se acojan internacionalmente estos cambios que ayudarán a comparar la profundidad y claridad de los informes”.

Pese a que los objetivos y la información aportada serán comunes, cada regulación nacional tendrá diferencias. Un caso especial es el del Reino Unido, en cuya legislación local ya cuenta con cambios en la línea de la nueva regulación internacional desde 2013.

En España, KPMG considera que la reforma ha ido “más allá de los requerimientos de la Unión Europea y la NIA. Además de las ya citadas declaraciones de riesgos de la empresa y cómo esta responde a ellos, la normativa española obliga a una declaración de independencia por parte del auditor que será “más exhaustiva” y con mayor grado de detalle. Además, obliga a las empresas de interés público a aportar información que, según la NIA, solo correspondería a entidades cotizadas.

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