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Según la consultora financiera Ad&Law

Los cambios en el Impuesto de Sociedades perjudican a las empresas más pequeñas

Las pymes con beneficios anuales de 50.000 euros se ven obligadas a pagar 2.500 euros más por la modificación de este impuesto, siempre según la consultora Ad&Law.

La consultora financiera Ad & Law ha denunciado que los cambios del Impuesto de Sociedades perjudican a las empresas más pequeñas, y favorecen a las grandes. Según sus estimaciones, las microempresas españolas, un 80% del tejido empresarial español, no disponen del tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo. Una medida que les ha llevado a tributar al 25%, cuando antes lo hacían al 20%. Por el contrario, el tipo de gravamen general que afecta, especialmente, a las grandes compañías, se reducirá a partir de 2016 del 30% al 25%.

Esta modificación, según Ad & Law, funciona como ejemplo de cómo las pymes españoles son las principales perjudicadas por la nueva ley. En concreto, esta firma especializada en asesoramiento fiscal empresarial, sostiene que si bien una pyme antes pagaba 10.000 euros sobre un beneficio de 50.000, ahora podría llegar a pagar 12.500 euros.

La nueva ley establece, no obstante, una serie de medidas que afectan directamente a las pymes. Entre ellas destaca la reserva de capitalización, que permite a los negocios que incrementen sus fondos propios reducirse el 10% de ese incremento sobre la base imponible del impuesto sobre sociedades, siempre que dicha subida se mantenga durante cinco años.

Sin embargo, para Ad & Law esta nueva reducción “no suple la eliminación de medidas fiscales que incentivaban la inversión empresarial”, como la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios o la deducción por inversión de beneficios que se aplicaba anteriormente sobre las pequeñas y medianas empresas.

Otras medidas contempladas

En paralelo, otra de las medidas que afecta a las pymes de menor tamaño es la supresión del límite temporal para compensación de las bases imponibles negativas, que sí tienen una limitación cuantitativa del 70%. Una buena noticia en la teoría que a juicio de esta consultora puede llegar a convertirse en un problema, pues se amplía a diez años el plazo que tiene la AEAT para corroborar las bases, cuotas, deducciones aplicadas y la contabilidad, lo que supone que también se amplíen las posibilidades para que se abra una inspección.

Finalmente, otra novedad negativa de los cambios normativos es la limitación de la deducción de los gastos por atenciones a clientes. Ello se debe a que tal solución, según sostienen desde Ad & Law, afecta al resultado fiscal de las empresas, pues según exponen la misma reduce “demasiado” el gasto relacionado con las relaciones públicas, necesario para las empresas.

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