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Tribuna
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Economía solidaria y refugiados

Europa vive en estos momentos una de sus mayores crisis migratorias ante la avalancha de personas que huyen de los conflictos bélicos existentes en Oriente Medio. Ante esta situación cabe plantearse cómo dar solución a esta tragedia humana tanto desde un punto de vista humanitario como desde un punto de vista económico.

Es aquí donde podemos vincular la economía solidaria con los derechos humanos en tanto que mecanismo que designa a un sector empresarial emergente dentro de las sociedades modernas, protagonizado por la sociedad civil y concebida para servir al interés general de los colectivos desfavorecidos que se encuentran en riesgo de exclusión social. Su rentabilidad se evalúa por su contribución al desarrollo democrático, el apoyo de una ciudadanía activa, así como por la promoción de los valores y de las iniciativas de responsabilidad individual y colectiva. Esta rentabilidad social contribuye, por lo tanto, a la mejora de la calidad de vida y del bienestar de la población, especialmente por la oferta de un mayor número de servicios y de la incorporación al mercado laboral de personas que habían sido excluidas de él o que no habían tenido siquiera ocasión de entrar.

La herramienta con la que cuenta la economía solidaria para implementar esta finalidad se denomina empresa de inserción, a través de la cual se consigue alcanzar la integración por lo económico para personas en riesgo de exclusión social. Estas empresas se encuentran reguladas por una ley estatal promulgada en 2007, que ha contado con el beneplácito de sindicatos, empresarios y entidades sociales, dando solución a los temores y despejado desconfianza que este tipo de organización, que cabalga entre lo empresarial y lo social, genera tradicionalmente en el mundo de la empresa tradicional. En este sentido, uno de los primeros aspectos que trata la ley es el de la creación de un listado cerrado de beneficiarios con especiales dificultades para su acceso al mercado de trabajo, y pertenecientes a colectivos socialmente desfavorecidos. En este listado cerrado se encuentran los inmigrantes, y entre ellos los refugiados, por lo que a partir de esta autorización se les puede ofrecer una oportunidad para integrarse dentro de la sociedad a través de la empleabilidad, eliminando así las reticencias presentes en parte de la sociedad por entender que son una carga social más a las que arrastramos desde hace unos años. La ley define los itinerarios de inserción sociolaboral que seguirán estas personas, dentro de los cuales desarrollarán su actividad laboral de tránsito como un medio más para facilitar su integración en la sociedad.

En cuanto al régimen jurídico de las empresas de inserción, incluye a toda sociedad mercantil, lo que comprende tanto las sociedades laborales como aquellas cooperativas que, debidamente calificadas, realicen cualquier actividad económica de producción de bienes o prestación de servicios, teniendo como fin primordial la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social. Así, por pura coherencia con su origen social y sostenible, los empresarios que crean empresas de inserción desarrollan su actividad principalmente en áreas relacionadas con los servicios sociales y el medioambiente.

Por ejemplo, existen empresas de inserción dedicadas al reciclaje de residuos, a las energías renovables, a la agricultura ecológica o al cuidado de las personas. Además, el fin de inserción social de estas empresas hace necesario recoger el requisito indispensable de estar promovidas y participadas por una o varias entidades sin ánimo de lucro, lo que sitúa a las fundaciones y a las asociaciones como garantes de la misión social que justifica su existencia. No obstante, no hay que olvidar su carácter empresarial, que controla la ley obligando a reinvertir la mayor parte de sus beneficios económicos en la ampliación o mejora de sus estructuras productivas o de inserción.

Para dar seguridad y certeza sobre el origen de las personas que puedan a acceder a este tipo de empresa, la ley prevé la creación de un registro administrativo de empresas de inserción de ámbito estatal y autonómico que regula los actos registrales, de calificación y descalificación, así como la documentación sujeta a constancia registral. España es un país solidario y esta ley da cuenta de ello. Utilicemos las empresas de inserción para dar salida a un colectivo que está sufriendo las consecuencias de la irracionalidad humana y démosles la oportunidad de un futuro del que ahora carecen.

Carmen Parra Rodríguez es Directora de la cátedra de Economía Solidaria en la Universidad Abat Oliba CEU.

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