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Beneficios fiscales para empresas que donan a una ONG

Aplicables tanto a empresas como a personas físicas que desempeñen una actividad profesional

donación

Las empresas y personas físicas que desempeñan una actividad profesional pueden beneficiarse de deducciones en el caso de que realicen donaciones. Para los primeros, al apartado 1 del artículo 20 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, se le añade un párrafo para los periodos impositivos que comiencen a partir del primer día de este año. Cuando se hubiesen hecho donaciones o aportaciones con derecho a deducción en los anteriores periodos impositivos, se beneficiarían de una deducción que tendría un importe igual o superior al del periodo impositivo anterior. Según explica Ramón Pérez Lucena, abogado especializado en constitución y gestión de fundaciones, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de la entidad será el 40%.

En los periodos impositivos desde este año, el porcentaje de deducción alcanzará el 37,5% en el caso de las personas jurídicas o empresas, tal y como recoge el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 20 de esta ley. Las deducciones pueden alcanzar el 35% en las donaciones en general, mientras que aquellas plurianuales, en las que se aporta dinero a la misma organización durante al menos tres años será del 37,5%, pasando el próximo año al 40%.

Distinta de una manera diferente para las personas físicas, en donde se ha pasado del 25% al 30, con un incremento del 5% si el donativo es plurianual y en el caso de que la empresa se comprometa a continuar con la ayuda. La donación acabará desgravando un 40% en el Impuesto de Sociedades. Se le presta una mayor relevancia al mecenazgo, en donde se consigue desgravar el 75% del IRPF en los primeros 150 euros.

Durante el periodo impositivo 2015 el porcentaje de deducción para bases de hasta 150 euros, como recoge el apartado 1 del artículo 19 de esta ley, será del 50%, y el aplicable al resto de la base de la reducción, el 27,5%. Esto son los porcentajes de deducción más importantes en la cuota del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades. La deducción será del 32,5% cuando se done a partir de 150 euros a una entidad y cuando en los tres últimos ejercicios se haya alcanzado esa misma cantidad.

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