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En la macrocausa que afecta a 101 entidades

La juez rechaza anular de forma cautelar todas las cláusulas suelo

La magistrada argumenta que no hay “riesgo de irrecuperabilidad” del dinero. Adicae pedía la medida para todos los clientes o al menos para los 15.000 personados.

Carteles de pisos en venta.
Carteles de pisos en venta.Pablo Monge.

El Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid ha rechazado anular de forma cautelar las cláusulas suelo hipotecarias de 101 entidades de crédito como pidió Adicae en nombre de 15.000 afectados porque no hay “riesgo de irrecuperabilidad de las cantidades abonadas durante la tramitación del procedimiento”.

En el auto hecho público hoy, la magistrada Carmen González recuerda que, en base a lo establecido en la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, consideró válidas estas cláusulas siempre que cumplan con los criterios de transparencia, y las que no deberán ser anuladas por resolución firme.

Además recuerda que en este último caso, las entidades bancarias “estarán obligadas a devolver las cantidades abonadas en aplicación de la cláusula suelo a partir de la publicación” de la sentencia del Supremo, por lo que no existe riesgo de pérdida de las cantidades correspondientes por este concepto.

Asimismo, la juez considera que no es “es una medida necesaria” ni tiene justificación la petición para algunas de las 101 entidades de crédito demandadas, puesto que ya han dejado de aplicar dichas cláusulas BBVA, NCG y Cajas Rurales Reunidas.

Por ello, subraya que la aplicación de estas cláusulas “no puede conllevar una situación de ingresos sin causa y enriquecimiento injusto” para todas las entidades bancarias, como alegaba Adicae.

La asociación de usuarios de banca, en la vista judicial celebrada el pasado 15 de abril, calificó esta medida como “necesaria”, ya que si no se produciría una situación “irreversible” para los 15.000 demandantes que “sólo beneficia a la entidad”.

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