_
_
_
_
_
Ante la presión de la Comisión Europea

Cataluña revisará el tributo que grava a grandes superficies

Centro comercial La Maquinista en Barcelona
Centro comercial La Maquinista en Barcelona

La presión de Bruselas para que las seis comunidades autónomas que gravan a las grandes superficies (Cataluña, Navarra, Aragón, Canarias, Asturias y La Rioja) revisaran la estructura del tributo, considerado como “posible ayuda de estado” por las autoridades comunitarias, ha surtido efecto. En una reunión celebrada en la primera semana de marzo en el Ministerio de Asuntos Exteriores, la delegación de Bruselas, encabezada por Karl Soukup, planteó que exonerar a ciertos establecimientos por la superficie o por la actividad que desempeñara “era contrario al derecho comunitario y podía suponer una ayuda de estado encubierta”. Así que les dio de plazo hasta el 30 de marzo a los técnicos autonómicos para buscar una solución. Y la primera que ha movido ficha ha sido Cataluña, la región que más beneficios obtiene con este tributo.

La Generalitat de Cataluña hizo público, a través de un comunicado, que ha enviado hoy a la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea el documento con las líneas generales de modificación del impuesto. Entre ellas destaca la incorporación de los establecimientos colectivos (aquellas grandes superficies integradas a su vez por pequeños establecimientos) dentro de la definición de hecho imponible. “Cuando se diseñó el impuesto (en el año 2000) había pocos, pero a posteriori se ha constatado que no pueden quedar excluidos, ya que producen las mismas o mayores externalidades negativas que el resto de establecimientos gravados”, subraya el comunicado.

De esta manera, el Ejecutivo presidido por Artur Mas obligará a pagar a algunos pequeños y a todos los grandes establecimientos sin distinción de su tamaño. Una medida similar a la que se está aplicando ya desde hace tiempo en Asturias y con la que trata de evitar que ese tributo sea considerado una ayuda de estado para el pequeño comercio. En el caso asturiano, el hecho imponible son establecimientos colectivos de más de 4.000 metros y lo que se grava es el metro cuadrado de aparcamiento. Luego es el gestor de ese establecimiento el que se encargará de cobrar a cada uno de los comercios, en función de la superficie que ocupan.

Desde la Generalitat consideran que la propuesta de modificación enviada a Bruselas servirá para convencer a las autoridades comunitarias y recuerdan que Anged, la asociación que representa a las grandes compañías de la distribución, ya presentó con anterioridad una demanda por posibles ayudas de estado, que fue archivada en octubre de 2003.

Más información

Archivado En

_
_