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El nuevo texto se encuentra en tramitación parlamentaria

Por qué el proyecto de ley de patentes no gusta a los ingenieros

Para ver los datos de solicitudes de residentes en España desglosados por solicitante, pinche en la imagen.
Para ver los datos de solicitudes de residentes en España desglosados por solicitante, pinche en la imagen.Alejandro Meraviglia

Fortalecer el sistema que sustenta la creatividad española. Este es el objetivo declarado del Proyecto de Ley de patentes, redactado por el Gobierno y en tramitación parlamentaria. Un texto que choca con la crítica de los ingenieros industriales, quienes reivindican el derecho del autor de una invención a ser retribuido por ella. El proyecto no la contempla –al igual que la ley vigente– excepto en el sector público, donde un real decreto de 2002 establece para el inventor una compensación del 33% de los beneficios generados por la patente.

El nuevo texto legal, que el Consejo de Ministros aprobó el pasado noviembre en un contexto menguante –las solicitudes de patentes nacionales a la Oficina Españolas de Patentes y Marcas (OEPM) han disminuido constantemente desde 2009 (ver gráfico)– introduce cambios notables con respecto a la normativa actual, que entró en vigor en 1986. La novedad más destacada por las fuentes consultadas de la OEPM es la necesidad de que todas las invenciones pasen un examen antes de obtener la concesión de la patente, con el objetivo de averiguar que sean innovadoras y tengan aplicación industrial. De esta forma, desaparecen las llamadas patentes débiles, es decir, las que son concedidas prescindiendo del informe de la OEPM.

Se establece asimismo que la fase de oposición tendrá lugar únicamente después de la concesión de la patente, y no antes, como ocurre ahora. Esta novedad merece “una valoración positiva” de la parte de los analistas de Clifford Chance. Al acelerar el procedimiento de concesión, “se hace más atractiva la solicitud de patentes en España para los extranjeros”, explican.

Reducción de tasas para pymes y empresarios

“Un procedimiento de obtención de la patente muy distinto del actual”. Esta es la novedad del proyecto de ley de patentes que fuentes de la OEPM destacan en primer lugar. Todas las patentes se concederán únicamente después de un informe vinculante de la Oficina. Asimismo, pymes y emprendedores tendrán derecho a una reducción del 50% sobre las tasas previstas. Una enmienda, presentada por el grupo popular en el Congreso, pide que se compense al empleado por el hallazgo de mejoras técnicas no patentables que supongan una ventaja para el empleador.

Sin embargo, la Federación de Asociaciones de Ingenieros Industriales de España (FAIIE) cree que, si la ley recibiese el visto bueno tal como está en el proyecto, los ingenieros que prestan sus servicios en empresas españolas podrían quedar perjudicados. Esto es porque no se reconoce el derecho a la retribución del empleado del sector privado por la invención que éste desarrolle en el marco de una investigación explícita o implícitamente prevista por su contrato. Desde la OEPM afirman que “no parece razonable que se dé al investigador una compensación suplementaria por realizar el trabajo para el que se le ha contratado”.

La única excepción prevista por el texto en tramitación se aplica cuando la aportación personal del empleado excede “de manera evidente” del objetivo de su relación laboral con el empresario. No obstante, “para demostrar esta circunstancia tendría que ir a juicio contra su empresa y nadie querrá hacerlo”, opina el presidente de la comisión de gestión empresarial del Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña, Gian-Lluis Ribechini, quien fue escuchado por la Comisión de Industria del Congreso, a principios de este mes.

El Consejo Económico y Social mostró compartir el asombro de FAIIE. Llamado a formular su opinión sobre el texto, dicho organismo dictó que la nueva normativa “debería expresar que el empleado autor de la invención tiene derecho a una remuneración suplementaria por su realización”. Al admitir las proposiciones de la ingeniería industrial, el Consejo llegó a sugerir que la retribución debería estar recogida también por los contratos y los convenios colectivos. Unas propuestas que, sin embargo, solo PSOE, IU y ERC hacen suyas en sus enmiendas.

“Alemania es el país que tiene la normativa más avanzada del mundo en este sentido”, explica Ribechini. “Allí, cualquier persona que conste como inventora de una patente tiene derecho a una retribución variable en función de los beneficios que esta supone para la empresa y durante toda su vigencia, es decir, hasta 20 años”. El experto señala que legislaciones parecidas se hallan en Finlandia, Polonia, Argentina, Israel, Japón y China, y que en este último país, el inventor se remunera con el 2% anual de los beneficios que genera la explotación de la patente y el 10% en el caso de cesión a un tercero del derecho de explotación. Por el contrario, “este proyecto de ley fomenta la fuga del talento, y de los impuestos relacionados con las patentes”, argumenta Ribechini.

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Asimismo, según el artículo 19 del proyecto, “salvo prueba en contrario”, si no ha pasado más de un año desde el fin de la relación laboral entre empresa y empleado, éste tampoco puede patentar su invención, sino que podrá hacerlo su exempleador. Un planteamiento al que se opone la FAIIE. “Entiendo que la empresa tiene un derecho prioritario si el empleado deja el trabajo por su decisión”, concede Ribechini. “Ahora bien, si te despiden porque la cosa va mal, tienes 50 años y problemas para encontrar empleo, me parece injusto que quien te ha echado se quede con tu única forma de ganarte la vida”.

El proyecto de ley regula también las llamadas “invenciones asumibles por el empresario”, es decir, aquellas que el empleado realiza fuera de la vigencia de su contrato pero en las que han influido “predominantemente” conocimientos adquiridos dentro de la empresa. En este caso, el legislador prevé una “compensación económica justa” para el empleado, fijada teniendo en cuenta la importancia comercial del invento y el valor de los medios facilitados por la empresa. Una enmienda del PP especifica:“Dicha compensación económica podrá consistir en una participación en los beneficios que obtenga la empresa de la explotación o de la cesión de sus derechos sobre dicha inversión”.

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