_
_
_
_
_
Precio medio del último trimestre

Hacienda publica las cotizaciones de referencia para el impuesto de patrimonio

Vista de la delegación de Hacienda de Guzmán el Bueno, en Madrid.
Vista de la delegación de Hacienda de Guzmán el Bueno, en Madrid. EFE

¿Cuál es la cotización media de mi cartera de valores? A falta de pocas semanas para que arranque la campaña del impuesto de la renta y el patrimonio, la administración ha publicado los precios de referencia de los valores cotizados de cara a la declaración del impuesto del patrimonio. La extensa lista, de 11 páginas, incluye todos los valores cotizados en España.

La lista, por ejemplo, indica que el precio medio de Telefónica en el periodo de cómputo aplicable en el impuesto fue de 12,12 euros. Un inversor con 1.000 acciones de Telefónica tendría que declarar, por lo tanto, 12.120 euros. Incluye valores cotizados en la Bolsa, en el mercado de renta fija y en el MAB.

El impuesto del patrimonio es de carácter autonómico, y grava los patrimonios superiores a los 700.000 euros, excluyendo el valor de la vivienda habitual del contribuyente. Por este tributo las comunidades recaudan en torno a los 1.000 millones de euros, aunque la aplicación queda a expensas de cada región. En la práctica, solamente Madrid ha renunciado a aplicar este impuesto.

En principio, 2015 debería ser el último ejercicio del impuesto, que ya fue eliminado en 2008, justo antes de la crisis. El Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó su supresión con el argumento de que el tributo recaía sobre las clases medias y no sobre los verdaderamente ricos, que contaban con instrumentos para sortear el pago. Poco después, ante la obligación de cuadrar el déficit, el impuesto se reactivó para los ejercicios 2011 y 2012, elevando a los 700.000 euros el mínimo exento. Debería desaparecer (otra vez) en 2013, pero el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó dos prórrogas más hasta 2014. Cuando se aprueben los presupuestos 2016 será el momento de la verdad.

Los fondos de inversión tienen una tributación distinta, y se paga a efectos del impuesto del Patrimonio en función del valor liquidativo de 31 de diciembre. Para las acciones que no coticen en Bolsa y las acciones extranjeras debe tomarse el valor teórico que resulte del último balance auditado.

Archivado En

_
_