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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Oxígeno a las inmobiliarias, pero temporal

En 2008 empezó a manifestarse con toda su crudeza la crisis iniciada a mediados del año anterior. Las empresas comenzaron a notar el impacto de esta en sus cuentas, aunque nadie previó entonces la magnitud de lo que se les venía encima, tanto en términos de profundidad como de duración. La ola de la crisis sí empezó a azotar ya entonces con fuerza al sector inmobiliario, y por ende a los activos de las empresas. Frente a ello, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó una medida con el objetivo primordial de actuar de balón de oxígeno para superar las adversas circunstancias que se manifestaban, pero que sobre todo anunciaban muy serias dificultades sobrevenidas. Así, y vía real decreto, se puso en marcha una fórmula para eximir a las compañías de computar en sus cuentas anuales las pérdidas por deterioro relacionadas con sus inversiones inmobiliarias. Su disposición adicional única indica que a “los solos efectos de la determinación de las pérdidas para la reducción obligatoria de capital regulada (...) no se computarán las pérdidas por deterioro reconocidas en las cuentas anuales, derivadas del inmovilizado material, las inversiones inmobiliarias y las existencias o de préstamos y partidas a cobrar”. Es decir, una tiempo muerto para evitar que muchas sociedades entrasen irremisiblemente en causa de disolución al tener que cargar con las importantes pérdidas por deterioro de sus activos inmobiliarios, en un momento en que su precio se deslizaba rampa abajo hasta nadie sabía dónde.

La medida, de carácter anual, se ha venido prorrogando desde entonces como una inyección vital dirigida principalmente y por razones obvias a las inmobiliarias. Y de ese modo lo hizo el Ejecutivo de Mariano Rajoy cuando el pasado marzo aprobó el Real Decreto Ley 4/2014 cuya disposición final séptima renovaba la medida del Gobierno Zapatero, y señalaba su límite temporal con la coletilla de que será “de aplicación excepcional en los ejercicios sociales que se cierren en el año 2014”. El Gobierno tiene ahora hasta marzo para decidir la nueva demora. Pero las promotoras inmobiliarias no las tienen todas consigo. Y es que la reciente reforma de la Ley Concursal ya ha incluido nuevos supuestos para evitar igualmente la desaparición de empresas que, en opinión de algunos, hace innecesaria dicha prórroga.

Sin embargo, se correría un riesgo innecesario. Cuando el enfermo, aún débil, empieza a dar señales de recuperación, un corte precipitado de la vía de oxígeno podría ser fatal. No se trata de que las empresas sigan eternamente con muletas, pero sí parece necesario, como reclama el sector, “un año más” mientras se fortalece el mercado. Ha de ser el último, y es plazo suficiente para que las empresas sepan a qué atenerse con tiempo. Y, sobre todo, con previsibilidad, esa certeza jurídica que tanto gusta al presidente del Gobierno y que tan saludable suele resultar en la vida económica.

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