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Fórmulas de retribuir a los accionistas sin pasar por Hacienda

Siete modos de bajar la fiscalidad de los dividendos

Thinkstock

Los accionistas deberán tributar por cada euro cobrado en dividendos a partir de 2015. La reforma fiscal diseñada por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, elimina la exención de los 1.500 euros recibidos por este concepto introducida en 2007 por el entonces vicepresidente económico, Pedro Solbes. Las empresas que cotizan en la Bolsa española cuentan, pese a todo, con varias fórmulas para aplazar la factura fiscal de sus socios, o incluso para dejarla a cero, sin dejar de retribuirles. Estos son siete métodos de retribución con ventajas fiscales, principalmente el diferimiento en el pago a la Agencia Tributaria, frente al dividendo clásico.

Uno. Con el scrip dividend o dividendo opción, la compañía permite al accionista diferir la tributación. Eso sí, si decide vender a la empresa los derechos de suscripción preferente –lo más similar a cobrar el dividendo tradicional– se le retendrá el 19% de entrada y después tendrá que ajustar sus cuentas con Hacienda, de forma que pagará entre un 20% y un 24% en 2015, y entre un 19% y un 23% en 2016.

Los impuestos bajan, puesto que hasta este ejercicio, se ha pagado entre el 21% y el 27%, con la salvedad de que los inversores disfrutaban de la bula para los primeros 1.500 euros.

Si reciben las acciones nuevas o venden los derechos en el mercado aplazarán la tributación hasta que vendan las acciones. Si un inversor destinó 1.000 euros a comprar 100 acciones y ahora recibe 10 títulos nuevos, bajará su precio medio de compra desde 10 euros (1.000 euros/100 acciones), hasta 9,09 euros (1.000 euros/110 acciones). Cuando venda, las potenciales plusvalías serán superiores y pagará más a Hacienda. Lo mismo ocurre en caso de vender en Bolsa los derechos. Por ejemplo, si los títulos se adquirieron a 10 euros y se venden los derechos a 0,1 euros, en el momento de deshacerse de las acciones las plusvalías tendrían que calcularse sobre un precio de compra de 9,9 euros (10-0,1 euros).

La fórmula del scrip, lanzada en España por Santander en 2009, está vigente en 10 firmas del Ibex: Santander, Iberdrola, BBVA, Acerinox, Repsol, ACS, Ferrovial, Telefónica y CaixaBank (tanto la operadora como la entidad están en pleno periodo de retribución a través de esta fórmula). Fuera del selectivo, la usan Faes y Almirall.

Dos. La amortización de acciones es otra de las formas de retribuir al accionista. Su gran ventaja es que no tiene ningún tipo de efecto fiscal. El accionista no tiene nada que declarar a Hacienda. La técnica consiste en que la compañía adquiera acciones propias y que después las elimine. Con la operación el beneficio por título crece, y puede aumentar en la misma proporción el dividendo por acción, siempre, eso sí, que el porcentaje destinado a su distribución (pay out) se mantenga. Telefónica ha utilizado esta fórmula habitualmente hasta 2012. En mayo de ese año efectuó la última amortización de acciones. Acerinox también ha sido una compañía que ha anulado capital regularmente y en los últimos tiempos se han apuntado a esta fórmula compañías como Repsol, ACS, Iberdrola y Ferrovial.

Tres. La entrega de acciones de otras empresas cotizadas sigue conservando el atractivo del aplazamiento fiscal. Eso sí, tienen que computarse como una devolución de la prima de emisión. Si se clasifican como una devolución de reservas de libre disposición (beneficios) tributará como un dividendo. Cuando una compañía emite acciones a un precio superior a su valor nominal forma una reserva por prima de emisión que es, en realidad, lo que los inversores pagaron de más por comprar esas acciones. Esta vía de remunerar al accionista consiste en devolver esa diferencia. No es, por lo tanto, reparto de beneficios.

La fórmula de dar acciones de otras empresas se ha utilizado reiteradamente en la Bolsa española. Los socios de Arcelor Mittal recibieron acciones de su filial de acero inoxidable, Aperam;los accionistas de Renta 4, de BME;y los de Carrefour, de Dia. En estos casos, se aplaza la tributación. Se reduce el precio de compra de los títulos de su cartera. En el caso de Renta 4, los accionistas vieron reducirse el coste de adquisición de sus acciones en 0,932 euros por acción, explica BME. El pago de los impuestos se efectuará en el ejercicio en el que se vendan las acciones.

Cuatro. Devolver la prima de emisión mediante pago en efectivo. La reforma no cambia este punto para las empresas cotizadas. Igual que en el caso anterior, se reduce el precio de adquisición de la cartera, con lo que la tributación se difiere. Zardoya Otis, por ejemplo, devolvió 0,08 euros por acción el pasado julio y en el mismo mes Dinamia entregó 0,7 euros por título a sus socios. Esta técnica también ha sido empleada de forma recurrente por Abertis, Adveo (antes Unipapel) o Acerinox.

Cinco. Otra variación para remunerar a los accionistas sin que estos tengan que pagar a Hacienda hasta que no vendan las acciones es devolver la prima de emisión mediante la entrega de acciones de autocartera. Mediante este sistema, que este año han empleado por ejemplo Ence y Banco Sabadell, el accionista recibirá una serie de títulos en función del número de acciones que tenga en ese momento. También han usado este formato de retribución en el pasado empresas como Viscofan, Iberpapel, Banco Pastor, Renta 4 y Ebro, entre otras muchas otras.

Seis. Las empresas también pueden retribuir a sus accionistas mediante una ampliación de capital liberada (gratuita). Este sistema implica una dilución de la presencia de los accionistas en el capital. Es exactamente igual que el scrip dividend, pero sin la opción de vender a la empresa. Habitualmente, el inversor tendrá un derecho de asignación por cada acción que posea. Estos derechos cotizan en el mercado y allí se pueden comprar y vender. Los socios tienen dos opciones. Primera, quedarse con las nuevas acciones. Así se diferirá la tributación fiscal hasta el momento en el que vendan sus títulos. En caso de que venda los derechos en el mercado, rebajará su precio de compra de las acciones y, nuevamente, aplaza el pago a Hacienda. En este último caso será hasta el 1 de enero de 2017, pues a partir de ese año la venta de derechos comenzará a tributar como ganancias patrimoniales y se le retendrá un 19%. En 2014, han hecho este tipo de ampliaciones Adveo, Vidrala, Zardoya Otis y Abengoa.

Siete. Una opción similar a la anterior es la de ampliar capital mediante de acciones parcialmente liberadas. En este caso, una parte se paga en metálico y otra se desembolsa con cargo a reservas o fondos propios. La tributación es igual a la del caso anterior.

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