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Por ley, ningún vehículo puede circular sin un seguro de responsabilidad civil

¿Qué pasos seguir para contratar el seguro de coche?

Seguro para coches

Para poder circular con un vehículo es obligatorio que éste tenga un seguro como mínimo con cobertura de Responsabilidad Civil. Eso es lo que marca la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que todo vehículo deberá contar con un seguro de suscripción obligatoria, concretamente en su artículo 2 indica que “Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro para cada vehículo de que sea titular”.

En caso de no cumplir con esta obligación, se puede proceder a la prohibición de la circulación por territorio nacional del vehículo no asegurado y al depósito o precinto del vehículo mientras no sea contratado el seguro, con la consiguiente sanción económica. Atendiendo a la obligación de contratar un seguro, es importante seguir unos sencillos pasos para que aquella póliza que se contrate sea la más adecuada tanto para el coche como para el conductor.

Puede ocurrir que ninguna aseguradora esté dispuesta a formalizar una póliza de seguro con un titular. Sin seguro no se puede circular por ley, por tanto para cuando este tipo de situaciones concurren entra en juego el Consorcio de Compensación de Seguros. Aparece de manera subsidiaria cuando se acredite que al menos dos compañías aseguradoras se hayan negado a asegurar el vehículo en cuestión. El seguro que se formaliza a través del Consorcio de Compensación de Seguros es de Responsabilidad Civil e incluye la reparación de los daños que se producen a terceros tanto en bienes como en personas.

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