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Novedades de última hora de la reforma fiscal

La exención por plusvalías de los mayores de 65 años, hasta 240.000 euros

El proyecto mejora, respecto al borrador, el trato fiscal a la indemnización por despido y al alquiler Las grandes líneas ya anunciadas en junio no sufren modificaciones relevantes

Efectos de la reforma fiscal
Alejandro Meraviglia

Las plusvalías obtenidas por un contribuyente mayor de 65 años estarán exentas si se reinvierten en una renta vitalicia. Es una de las novedades de la reforma fiscal que anunció el pasado martes el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre. Sin embargo, el proyecto que aprobará hoy el Consejo de Ministros establecerá un límite de 240.000 euros a la exención. Es decir, cuando un contribuyente que cumple las condiciones para no tributar obtenga una ganancia de 250.000 euros deberá pagar impuestos por esos 10.000 euros que superan el umbral de Hacienda. Ese límite no es casual, ya que actualmente las aportaciones a planes individuales de ahorro sistemático (PIAS), que se cobran como renta vitalicia, no pueden superar los 240.000 euros. En este sentido, el Ejecutivo ha rebajado de diez a cinco años, la permanencia mínima en los PIAS.

La exención para las personas de mayor edad mitiga el efecto de la supresión a partir de enero de 2015 de los coeficientes de abatimiento y correcciones por inflación que hasta ahora permitían reducir la plusvalía que tributaba en el IRPF cuando se vendía un piso, acciones o un fondo de inversión. El cambio es drástico y encarece notablemente el coste tributario de vender una casa, especialmente si es vieja. Un ejemplo: un contribuyente que venda por 200.000 euros una casa comprada en 1976 por dos millones de pesetas (12.020 euros), hoy debe pagar por la plusvalía obtenida en el IRPF 10.869 euros. A partir de enero de 2015, la supresión de los coeficientes correctores disparará la factura fiscal para el ejemplo propuesta hasta los 43.995 euros. Así, la diferencia entre vender el 31 de diciembre o el primero de enero alcanza los 33.125 euros. Es cierto que actualmente ya existe una exención para los mayores de 65 años en el caso de venta de su vivienda habitual. Este beneficio se mantiene y, en este caso, no resulta necesario reinvertir la ganancias en una renta vitalicia.

A pesar de que las grandes líneas de la reforma fiscal que hoy aprobará el Consejo de Ministros siguen el borrador del Gobierno ya publicado en junio, hay otras novedades. Estos son los cambios más relevantes que ha sufrido el borrador de reforma fiscal que hoy se convertirá en un proyecto de ley:

Indemnización por despido

Fue la medida anunciada en junio por el Gobierno que generó más polémica. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, señaló que la reforma fiscal limitaría la exención por despido a 2.000 euros anuales. Al Gobierno no le ha costado rectificar en una decisión cuyo coste económico es limitado y, tras negociar con los agentes sociales, el proyecto de ley fijará que la exención será del 100% cuando el monto total de la indemnización no supere los 180.000 euros. Es el régimen que sigue Navarra. El 99,9% de los potenciales afectados no tributará en caso de despido, señala Hacienda.

Guiño al teatro

El Gobierno introdujo en el borrador nuevos incentivos en el impuesto sobre sociedades para el cine. Fijó una deducción del 20% por el coste de producciones cinematográficas que se realicen en España. Entiende que la medida mitiga parcialmente el efecto del incremento del IVA del 8% al 21% que entró en vigor en 2012. Durante las últimas semanas, el sector del teatro se ha reunido con Hacienda para reclamar mejoras en una actividad que también se vio afectada por la subida del IVA. El Gobierno incorporará medidas fiscales en beneficio de la producción teatral.

Alquiler

La reforma fiscal también modifica, y a peor, el tratamiento fiscal del alquiler. El borrador contemplaba que la reducción fiscal del 60% que se aplican con carácter general los propietarios de una vivienda en alquiler se redujera al 50%. Además, se eliminaba la exención del 100% para contribuyentes cuyos inquilinos tienen menos de 35 años. El Gobierno ha rectificado y mantendrá la reducción en el 60%. Sin embargo, mantiene la supresión de la exención para los caseros con arrendatarios jóvenes. Por otra parte, también se suprime la deducción del 10,05% que se aplican en el IRPFlos inquilinos con rentas inferiores a 24.107,20 euros, aunque la medida no tendrá efectos retroactivos y aquellos que hoy se benefician de la deducción podrán mantenerla hasta que expire su contrato de alquiler.

Se amplía el beneficio para inversiones en I+D

El Ejecutivo fijó en la Ley de Emprendedores un nuevo incentivo para las empresas con derecho a aplicar la deducción en I+D, pero que no tienen cuota suficiente en el impuesto sobre sociedades. En este caso, se permitió que la compañía pudiera solicitar el abono de la deducción con un límite de tres millones. La reforma fiscal mantiene intacta esta ventaja fiscal y, además, eleva el límite hasta los cinco millones.

A partir de enero se pagará menos por IRPF y Sociedades

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, comparecerá hoy tras la reunión del Consejo de Ministros para explicar la reforma fiscal. El jefe del Ejecutivo ordenó a Hacienda que la reforma fiscal tuviera un efecto inmediato en el bolsillo de los españoles y, por ello, la medida estrella del proyecto es la rebaja de tipos en el IRPF. El número de tramos del impuesto se reduce de siete a cinco y el gravamen mínimo bajará del 24,75% al 20% en 2015 y al 19% en 2016. El tipo máximo del 52% se reducirá también en dos años al 47% y al 45%. Además, se incrementarán los mínimos exentos –la parte de renta libre de tributación por entender que sirve para cubrir necesidades básicas– para las familias con hijos.

El efecto de la rebaja se notará ya en la nómina de enero. Por ejemplo, un contribuyente que gana 32.000 euros brutos al año, paga hoy 5.990 euros por IRPF. La cuota se reducirá hasta los 5.725 euros en 2015 y los 5.501 euros el año siguiente. Así, para el ejemplo propuesto, el contribuyente abonará 489 euros menos en 2016 que ahora. La rebaja de tipos será más intensa para los contribuyentes con menor renta, especialmente beneficiados por la reducción drástica en el tipo mínimo. Las rentas muy elevadas también salen muy bien paradas en la medida en que el Ejecutivo revierte el incremento de siete puntos que aprobó en el marginal máximo. En cualquier caso, los contribuyentes con sueldos superiores a 100.000 euros serán los únicos que cuando concluya en 2016 la reforma fiscal pagarán un poco más que en 2011, año en el que Mariano Rajoy ganó las elecciones.

Los tipos del ahorro también se reducirán, aunque se mantendrá su estructura progresiva. Actualmente, las plusvalías y rendimientos del ahorro tributan al 21% para los primeros 6.000 euros de beneficio. Entre 6.000 y 24.000 euros pagan el 25% y a partir de ese nivel se aplica un 27%. En 2015, los primeros 6.000 euros tributarán al 20%, entre 6.000 y 50.000 euros aplicarán un 22% y por encima de ese umbral pagarán un 24%.

El otro gran cambio tiene como protagonista al impuesto sobre sociedades, cuyo tipo general del 30% bajará al 28% en 2015 y al 25% en 2016. Las pymes gozarán de beneficios fiscales concretos para reducir hasta el 20% su tipo efectivo.

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