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Tribuna
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Igual trato para todos los sistemas de pago

Durante los últimos 50 años la industria de pagos ha evolucionado mucho. Con el aumento de la competitividad y las nuevas tecnologías, es importante que la Unión Europea garantice un enfoque justo y equilibrado en cualquier regulación que pueda afectar al mercado único. Es el caso del proyectado paquete legislativo sobre los servicios de pago electrónicos, que se está debatiendo actualmente a nivel Europeo entre el Parlamento, el Consejo y los diferentes estados miembros.

Los pagos con tarjeta ofrecen muchos beneficios a las economías nacionales, ya que mejoran la transparencia financiera, reducen la corrupción y aumentan la recaudación de impuestos, mediante la reducción de una economía sumergida basada en el dinero negro. Además, los gobiernos también se benefician a menudo del uso de los pagos electrónicos para la distribución de beneficios sociales, ya que estos son más trazables y menos costosos que gestionar el efectivo o el cheque. Parece que la Comisión Europea ha sabido reconocer el valor de los pagos electrónicos para la sociedad, pero su proyecto de regulación no garantiza una igualdad de trato entre todos los actores involucrados, al menos no sucede así con los sistemas de pago de tres y cuatro partes.

En efecto, aunque el futuro paquete legislativo de servicios de pago europeo incluye muchos cambios importantes que favorecen la competitividad del sector, no plantea un campo de juego equitativo entre todos los actores involucrados, en concreto entre los sistemas de pago de tres y cuatro partes.

Estos sistemas operan de manera distinta, aun cuando cumplen una misma finalidad. Mientras que en la red de cuatro partes (caso de Visa y MasterCard), el banco emisor tiene una relación contractual con el titular de la tarjeta y el banco adquirente la tiene con el comerciante, en el modelo tripartito la red actúa como emisora y adquirente y tiene una relación contractual directa con el titular y con el comerciante; es decir, presta sus servicios directamente a consumidores y comerciantes, sin la intermediación (casos de American Express y Diners Club).

Ambos sistemas, aunque diferentes, compiten entre sí. La diferencia entre ellos radica en que los American Express y Diners Club no precisan de un banco emisor adquirente, por lo que funcionan sin una tasa interbancaria, a diferencia de Visa y MasterCard, cuyos bancos emisores y adquirentes si aplican esa tasa. Pero, a pesar de la inexistencia de tasas de intercambio, es bien sabido que los sistemas de tres partes compensan la falta de tasas aplicando a los comerciantes comisiones de servicio, que por lo general resultan más elevadas.

Por otra parte, al igual que los sistemas de cuatro partes, los de tres partes buscan maximizar la demanda mediante términos y condiciones. Para ello, establecen directamente las comisiones a los usuarios de tarjetas, así como los gastos de gestión del comerciante. Y todos estos cargos tienen la misma función que las tasas de intercambio en los sistemas de cuatro partes. Pese a la similitud operativa, la Comisión Europea parece no ver ninguna razón para regular las comisiones que cobran los sistemas de tres partes, excepto cuando las redes tripartitas utilizan emisores y adquirentes. Mientras que esta excepción parece introducir cierta “equidad regulatoria” entre ambos sistemas, esto supone tan sólo una pequeña parte del volumen total de negocio para American Express y Diners Club, dejando gran parte de su negocio fuera del alcance de la regulación y obteniendo ventajas frente a sus competidores.

En el caso español, y tras la reciente aprobación del Real Decreto 8/2014 que regula las tasas interbancarias, la regulación toma como ejemplo el proyecto europeo y también excluye a los sistemas de tres partes. No obstante, con el objeto de garantizar la plena competencia en el sector de los servicios de pagos, la regulación española debería contemplar y analizar rigurosamente a todos los actores, no sólo a los de cuatro partes.

Una solución a la “inequidad regulatoria” podría ser la de garantizar la transparencia de las tasas de intercambio dentro de los sistemas de tres partes, al imponer la separación de comisiones, con el fin de controlar la transferencia de las mismas dentro del sistema. Estas separaciones de cuentas ya se han aplicado con éxito en la Unión Europea en muchos otros sectores, como el de las telecomunicaciones, los servicios postales, la electricidad o el gas. Tan sólo una regulación clara y efectiva podría dar lugar a un cambio beneficioso para el negocio de los pagos con tarjeta. En cambio, una norma confusa, ineficaz e incompleta resultaría un obstáculo más en el objetivo de la Comisión Europea de establecer, como dice, un “mercado de pagos europeo integrado y eficiente.”

Mónica Monaco es fundadora de Trust EU Affairs. Ex Senior Manager de Asuntos Regulatorios en Visa Europa.

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