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Sanción de 18,4 millones por infracción muy grave al pararla en diciembre de 2012

La CNMC multa a Endesa e Iberdrola por cerrar Garoña sin autorización

El regulador considera que ha actuado "en fraude de ley" Garoña cerró seis meses antes del fin de su licencia para no pagar impuestos

Vista de los aledaños de la central nuclear de Santa María de Garoña.
Vista de los aledaños de la central nuclear de Santa María de Garoña. EFE
Carmen Monforte

Nuevo capítulo del culebrón de la central nuclear de Garoña. La Sala de Regulación de la CNMC ha resuelto imponer a Nuclenor, sociedad que comparten al 50% Endesa e Iberdrola, una sanción de 18,4 millones de euros por cometer una infracción muy grave de acuerdo con la Ley Eléctrica de 1997 y haber cometido “un fraude de ley”. Concretamente, por haber parado la planta sin autorización en diciembre de 2012. Esta multa, que Nuclenor recurrirá ante la Audiencia Nacional, podría ser la puntilla para la malhadada instalación, que, efectivamente, dejó de funcionar por decisión unilateral de sus propietarias el 17 de diciembre de 2012 y perdió su licencia (que ahora tratan de recuperar) el 6 de julio de 2013.

Según recuerda la CNMC, en aquella fecha Nuclenor decidió sacar las barras de uranio del reactor y depositarlos en las piscinas de la planta para evitar pagar los nuevos impuestos energéticos que entrarían en vigor en breve, el 1 de enero de 2013. Uno ellos gravaba el material irradiado una vez extraído del reactor. Nuclenor advirtió que se trataba de una medida provisional hasta ver cómo se resolvía la ley entonces en trámite que establecía dichos tributos, que se aprobó el 28 de diciembre y que tendrían un coste para la central, según sus propietarias, de casi 153 millones de euros.

Sin embargo, Garoña no volvió a funcionar en los seis meses que le quedaban hasta el fin de su licencia. Para ello, sus propietarias alegaron “una indisponibilidad técnica” a la espera de la respuesta a una consulta realizada a la Dirección General de Tributos sobre el trtamiento fiscal que recibirían los residuos de Garoña. Indisponibilidad que, según el regulador, habían creado ellas mismas al extraer el combustible.

En febrero de 2013, el secretario de Estado de Energía pidió a la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que luego se integró en la CNMC, la apertura de un procedimiento sanaionador contra Nuclenor que, tras investigar el caso, inició el 25 de julio del año pasado. Ahora, un año después, y a punto de caducar el expediente, ha impuesto la citada sanción de 18,4 millones de euros en aplicación de la antigua Ley Eléctrica del 97 (la nueva no regía en este caso), que establecía multas por infracción muy grave de hasta 30 millones.

Esta norma tipifica como tal “la reducción, sin autorización, de la capacidad de producción o de suministro de energía eléctrica”. El titular de una central puede solicitar la renunciar a su licencia, pero, al menos, con un año de antelación, algo que no hizo Nuclenor.

Esta alegó que las centrales nucleares tienen una legislación especial más allá de la Ley Eléctrica que permite permite el cierre sin permiso siempre que se trate “de imprevistos”. Además, reitera, que comunicó su decisión a Industria y el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) el 28 de diciembre y días después al operador del sistema, REE. La CNMC rechaza estos argumentos y subraya que estas instalaciones se rigen por una legislación especial “además” de por la Ley Eléctrica y que los permisos de esta no son necesarios solo en caso de “reglas de procedimiento”. Respecto a las comunicación al ministerio, se produjeron ya como “hechos consumados” y como “un hecho irreversible”.

Un sobrecoste para el sistema superior a 28 millones

El dictamen de la CNMC es rotundo al señalar que “Nuclenor cerró Garoña en diciembre de 2012 “para no pagar el impuesto sobre el combustible nuclear gastado antes del 31 de diciembre”, pero, una vez superada esa fecha, intenta recuperar el permiso de explotación. Una actitud que responde a la estrategia de obtener los beneficios derivados del sistema eludiendo las obligaciones del sistema y la Hacienda Pública”. Tal comportamiento, añade, “merece el reproche jurídico”.

Respecto a la “indisponibilidad” con que justifica la parada de la planta, la CNMC considera que Nuclenor actuó, “sin ninguan duda en fraude de ley”.

El cese de la actividad de Garoña durante los más de seis meses que aún disponía de su licencia supuso restar al sistema 544,29 MW al sistemay un beneficio para Garoña de casi 153 millones de euros (los que calculan sus propietarias que hubiesen pagado por las nuevas medidas fiscales), cinco veces superior a la multa máxima que establece la ley (30 millones). Nuclenor niega impacto alguno con el argumento del exceso de capacidad de geneación en España, de un 20% de la máxima demanda, y que garoña solo representa el 1,1% de la demanda punta.

El regulador no lo ve así, pues considera que las centrales nucleares producen energía base, que da estabilidad al sistema y que la inactividad de la central burgalesa tuvo un impacto sobre los precios del mercado, ya que este tipo de instalaciones ofertan a precio cero por lo que la retirada de de 455,29 MW de capacidad inframarginal puso suponer la programación de centrales más caras. Según análisis de la CNMC, la retirada de Garoña pudo suponer un sobrecoste en el mercado diario de entre 28,6 millones y 63,1 millones de euros.

Nuclenor recurrirá a la Audiencia Nacional

Nuclenor anunció ayer por la tarde su decisión de recurrir la sanción de la CNMCante la Audiencia Nacional. Según una nota de prensa remitida por esta sociedad, el recurso se basará en los mismos argumentos que ha ha defendido durante el procedimiento sancionador que abrió la CNE el 25 de julio del año pasado por la parada de la central de Garoña en diciembre de 2012.

Nuclenor había alegado ante el regulador que el cese de la planta no requería autorización especial; que se trataba de “una decisión responsable y la única salida viable a la situación de insolvencia creada por la aprobación de la Ley de Medidas Fiscales para la Sostenibilidad Energética”.

Para la sociedad que comparten Endesa e Iberdrola, la Ley de Energía Nuclear (LEN) es una normativa especial que prevalece sobre la Ley del Sector Eléctrico, por lo que cumplió con esta al comunicar al Ministerio de Industria y al CSN la parada de la central y el cese de la explotación el 28 de diciembre de 2012, por “deberse a cauas imprevistas”. Nuclenor considera un imprevisto, el nuevo impuesto sobre el combustible nuclear gastado, que entraría en vigor el 1 de enero de 2013.

En este sentido, justifica la decisión “para evitar el quebranto económico que suponía para la sociedad y el riesgo de incumplir lo establecido en la LEN, que requiere que el titular cuente con medios económicos-financieros para garantizar la explotación segura”.

Nuclenor no comparte la idea de la CNMC de que el cese de Garoña le haya reportado un ahorro de 150 millones. Lejos de esto, lo que hizo “fue salvaguardar el patrimonio de la sociedad y los derechos de una plantilla de 600 trabajadores”, indica.

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Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

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