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El Foco
Tribuna
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Diez errores que pueden acabar con la cogeneración

Estamos seguros que no es intención del Gobierno eliminar las plantas de cogeneración del sistema eléctrico español, ya que el mantenimiento de las mismas nos ha sido confirmado en las entrevistas que nuestra asociación ha mantenido en la Secretaría de Estado del Ministerio de Energía. El problema reside, por lo tanto, en la manifiesta falta de conocimiento que se tiene de esta tecnología, tanto en algunos departamentos ministeriales, como en la nueva Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC), así como en la falta de asesoramiento de los organismos que, como el IDAE, podrían haber evitado que el Ministerio cometiera, como mínimo, los próximos 10 errores:

  1. "La cogeneración es una tecnología exclusivamente eléctrica”. La Ley 24/2013 del Sistema Eléctrico la reduce a una tecnología “exclusivamente eléctrica” y exclusivamente regulada por la legislación eléctrica. Este error entra en contradicción con la propia definición de la cogeneración, que produce calor útil y electricidad, como indican sus siglas en inglés, CHP (combined heat and power). Como consecuencia de este error conceptual se derivan directamente otros errores que afectan gravemente a esta tecnología.
  2. “Igual tratamiento de la cogeneración y las energías renovables”. Es un grave error equiparar la cogeneración, que consume combustible y produce calor útil con una renovable que sólo produce electricidad a coste marginal casi nulo. Cogen España siempre ha solicitado una regulación separada para cogeneración y renovables, como así ocurre en todos los países avanzados de Europa.
  3. “La cogeneración debe competir con las otras tecnologías de producción de electricidad en el pool”. Es consecuencia de los anteriores y no se tiene en cuenta que al producir calor útil la cogeneración debe instalarse en casa del usuario de calor. Por ello, no requiere el uso de las redes de transporte y distribución más que en momentos de emergencia y de paros voluntarios (5% del tiempo). Esto elimina la gran ventaja económica de la cogeneración de producir la electricidad y el calor en donde se usa y no requerir las costosas inversiones en redes de transporte que requieren las plantas hidráulicas, eólicas, nucleares o de carbón que deben instalarse alejadas de los centros de consumo.
  4. “Las redes hay que pagarlas entre todos, dice el Ministerio”. Podríamos estar de acuerdo, si no fuese porque los cogeneradores ya han pagado la parte de red que requieren. La han pagado cuando se construyó la planta de cogeneración y regalaron las acometidas y la nueva red de conexión a la empresa eléctrica de la zona, la cual recibe su retribución por los costes que se le reconocen como suyos. Ahora el Ministerio pretende que aunque no se use esta red por la electricidad producida y autoconsumida, deba pagarse de nuevo a través de un nuevo peaje.
  5. “El precio de la electricidad lo determina el pool”. Es tan evidente este error que no se entiende que se siga cometiendo y creyendo que el precio de la electricidad es el indicado en el mercado mayorista. Este sólo refleja el coste marginal de las ofertas recibidas y no el precio de producción. Por ejemplo, cuando el pool se acerca a cero euros por megavatio-hora, el precio eléctrico es, en realidad, más alto que cuando señala 50 euros por megavatio-hora, pues debe liquidarse a precio medio de la energía renovable (unos 80 euros por megavatio-hora). Este extracoste se incluye directamente en el déficit de tarifa, que disminuye cuando el coste del pool aumenta.
  6. “La cogeneración es es una subvención encubierta a la industria, como la interrumpibilidad”. Esta información es consecuencia del olvido de las ventajas que la cogeneración aporta al sistema y al país. El Ministerio no reconoce el ahorro de pérdidas de transporte y distribución (que en España son del 10% de toda la electricidad producida), el ahorro en importaciones de gas (por no ser del sistema eléctrico) y el aumento de la capacidad de las redes de transporte y distribución al estar alimentadas por el extremo opuesto al de conexión de las centrales no cogenerativas. De hecho, en todos los países de Europa se reconocen estas aportaciones para justificar primas de apoyo a la cogeneración.
  7. “España tiene la tarifa más cara de la UE después de Chipre e Irlanda”. Hemos oído y leído esta afirmación demasiadas veces para tratar de hacérnosla creer. La verdad es que en Italia, Alemania, Bélgica, Portugal o incluso en el Reino Unido, el precio pagado por el suministro eléctrico es más elevado que en España, ya que en dicho precio, en general, se incluyen las tasas (primas a renovales o extraterritoriales) que aquí forman parte del déficit de tarifa. Tal vez el Ministerio no se atreva a subir la tarifa con estas tasas por ser impopular, pero a larga será la única forma de eliminar el déficit.
  8. “La teoría de la rentabilidad razonable”. El Ministerio entiende que si una planta ha conseguido una tasa interna de rentabilidad del 7,4% ya no requiere más beneficios. El grave error es pensar que la cogeneración es un negocio financiero y no un sistema de ahorro de energía y costes energéticos. La cogeneración debe permitir rebajar el coste energético del centro (electricidad+calor) al menos en un 10% de la energía primaria requerida para su producción. La actual legislación pretende castigar a las inversiones realizadas que a lo largo de su actividad hayan alcanzado la rentabilidad indicada y castiga más a las inversiones más eficientes.
  9. “Los cogeneradores han incrementado fraudulentamente su producción para obtener beneficios adicionales”. Esta manifestación varias veces escuchada en el Ministerio explica la animadversión a esta tecnología y, al mismo tiempo, la falta de conocimiento de la realidad industrial. Es cierto que la CNE ha visto aumentar la electricidad de cogeneración vertida a la red y que ello ha causado un incremento de la retribución a los cogeneradores, pero ello se ha producido por operar vertiendo la totalidad de la energía y comprar la totalidad de la consumida, aprovechando las ventajas del R.D. Ley 7/2006. La imagen que el Gobierno ha querido dar de que los cogeneradores hacen fraude es fraudulenta en este sentido.
  10. “El régimen especial es la causa del déficit de tarifa”. El déficit de tarifa se inició con la Ley 54/1997 cuando ya se había producido un gran desarrollo de la cogeneración. El déficit se incrementó a partir del año 2000 con el crecimiento de renovables y ciclos combinados y se rebajó artificialmente el precio medio de la tarifa eléctrica, para disminuir la inflación en España, para su entrada en el Euro.

Este conjunto de errores conducen a un sistema de retribución a la cogeneración tan complejo que teóricamente cada planta tiene un reglamento específico. Pero con una gran inseguridad respecto a su futuro próximo, pues las plantas de cogeneración tienen una edad cercana a los 15 años y están imposibilitadas de modificarse y adaptarse desde enero de 2012. Esperemos que la transposición de las directivas europeas enmiende estos errores nacionales.

José María Roqueta es presidente de Cogen España.

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