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“La única utilidad fue el ahorro de unos minutos"

El juez reprocha a Adif que pusiera en riesgo vidas por "fines lucrativos"

El juzgado que investiga las causas del descarrilamiento del tren Alvia el pasado 24 de julio en Santiago, en el que murieron ochenta personas, ha reprochado al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) que pusiera en riesgo la vida de los usuarios de la línea por “fines lucrativos”.

En un auto cuyo contenido ha sido divulgado hoy, el juzgado de instrucción cuestiona los cambios en los controles de velocidad de los trenes por Adif y señala que “la transformación de esa línea de alta velocidad en la nueva línea, parece haber supuesto para la sociedad tan sólo un beneficio menor que no ampararía o justificaría aquel incremento del riesgo”.

“La única utilidad que obtuvo la sociedad con aquella decisión ha sido el ahorro de unos minutos de viaje entre Ourense y Santiago, como contrapartida a un importante aumento del riesgo para la vida de los cientos o miles de personas que utilizan la línea cada día”, añade.

Así, cuestiona la decisión de “eliminar el sistema ERTMS”, que conlleva un método automático de frenado en caso de que el tren supere el límite de velocidad, en la zona del accidente, y de implantar, en cambio, el sistema ASFA, que “no avisa al maquinista del cambio o reducción de velocidad de 200 a 80 kilómetros por hora”.

Fuentes de Adif han señalado a EFE que la compañía “respeta, acata y asume” cualquier acto judicial y accederá a toda solicitud de información o documentación que le sea requerida por este juzgado o cualquier otro.

Las mismas fuentes han señalado que el departamento jurídico de la compañía aún no ha analizado con detalle el auto del juez para decidir si procede el recurso u otra decisión.

El tren Alvia, que efectuaba el recorrido entre Madrid y Ferrol, descarriló en una curva próxima a Santiago de Compostela cuando circulaba a 190 kilómetros por hora en un tramo en que estaba limitada a 80 kilómetros por hora.

El magistrado subraya que la “decisión de los responsables de Adif, apartada de los patrones generales del ferrocarril, de reformar y convertir una indiscutible línea de alta velocidad en una línea asimilada, y la materialización de esa decisión se consideró, desde los momentos iniciales de la investigación, sospechosa de una imprudencia punible por cuanto conllevó un previsible incremento del riesgo en la circulación que no se considera adecuado socialmente”.

“Esa adecuación (...) imponía abstenerse de realizar ese cambio si se rebajaban las condiciones de seguridad como se hizo”, señala el auto, y apunta que, “como toda actividad de riesgo, la ferroviaria se admite dentro de ciertos límites”.

El maquinista Francisco del tren accidentado, José Garzón Amo, es el único imputado en la investigación de las causas del accidente. El juzgado afirma que si Adif acordó las modificaciones, no se puede imputar “de forma exclusiva y excluyente, al maquinista”, ya que advierte que esos cambios parecen haber contribuido a “incrementar el riesgo para los usuarios de la vía”.

La decisión de los responsables de Adif estuvo “influida de presumido atractivo comercial o de presunta seducción o captación de usuarios de la línea con fines lucrativos”, señala el auto.

Adif reconoció ante una comisión del Senado que modificó el proyecto original de la línea Ourense-Santiago de Compostela pasando de la idea inicial de una vía en ancho universal (UIC) a ancho ibérico para luego transformarla en ancho UIC.

“Esa decisión afectó a las instalaciones de señalización y seguridad, pasando la configuración inicial de la explotación con sistema de seguridad ERTMS para toda la línea, incluido el acceso a Santiago, a mantener ese sistema hasta el punto kilométrico 80,169, es decir, hasta aproximadamente cuatro kilómetros antes del lugar del accidente ocurrido el 24 de julio de 2013”, precisa el auto.

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