_
_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

La unidad de mercado, a debate en el Parlamento

Con la tramitación del proyecto de Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (PLGUE) vamos a asistir posiblemente a uno de los debates más profundos sobre el diseño del Estado autonómico. Es cierto que en los últimos años se han planteado cuestiones muy importantes para nuestro modelo territorial, tanto con la modificación de los estatutos de autonomía, como con la reordenación de las reglas financieras y presupuestarias; igualmente algunas leyes generales y sectoriales han incidido sobre la cuestión, con ocasión por ejemplo de la transposición de la Directiva de Servicios.

Teniendo en cuenta que algunos grupos políticos han puesto sobre la mesa revisiones radicales que incluso implican al propio pacto constitucional de 1978, desde ópticas y con planteamientos muy diferentes, posiblemente habría que remontarse a ese momento para analizar la cuestión.

El sistema de reparto de competencias diseñado por la Constitución en el año 1978 partía de una realidad, en lo económico, muy distinta a la actual. Eran muy pocas las empresas que operaban con una dimensión nacional; aparte de los sectores industriales controlados por el Estado, tan sólo había algún sector, como la banca, donde la estructura de operadores nacionales convivía con empresas locales o regionales. En el ámbito de la distribución comercial muy pocas compañías tenían dimensión o estrategia nacional. También eran muy pocos los operadores globales presentes en España y casi nula la proyección exterior de nuestras empresas.

La regulación, en lo económico, era también mucho más sencilla ya que se estaban eliminando las restricciones en un proceso de liberalización emprendido en los años 60. Aunque estaba en la mente de los constituyentes, era muy difícil en esos momentos visualizar los efectos de una adhesión a las Comunidades Europeas y su labor de armonización de la normativa económica.

En las circunstancias descritas, resultaba aventurado prever los cambios en el mercado, los avances tecnológicos y la nueva dimensión de la economía. Por este motivo, el reparto de competencias de la propia Constitución y de los primeros estatutos de autonomía consagraron un modelo basado en las competencias formales sobre las distintas materias, sin contemplar realmente los objetivos económicos y sociales o la finalidad de las políticas. Partiendo de este concepto la evolución estatutaria posterior y el desarrollo legislativo de las Comunidades Autónomas no ha evolucionado de acuerdo con la dinámica de la economía, sino siguiendo una lógica estrictamente jurídica que el propio Tribunal Constitucional ha contribuido a fosilizar.

El sector comercial es, si cabe, el mejor ejemplo de cómo se han ido produciendo constantes desencuentros y fricciones que han ido dando lugar a una legislación en muchos casos incoherente que lastra la competitividad de las empresas. La legislación del Estado ha tratado en algunas ocasiones de avanzar en la lógica del mercado, estableciendo unas bases mínimas comunes para el todo el territorio y teniendo que enfrentarse a la resistencia de autonomías de todo signo y color político.

Ha tenido que ser la crisis económica la que ha intensificado el debate sobre la unidad de mercado y sobre las ineficiencias de un fraccionamiento jurídico, que desde algunas instancias como ACES se venían denunciando tradicionalmente.

Sabiendo que la solución es muy compleja el PLGUE aborda un planteamiento muy práctico, con dos enfoques muy claros: uno material y otro formal. El material valora los efectos reales del ejercicio de las competencias de las administraciones territoriales sobre la actividad de las empresas y el funcionamiento del mercado para identificar, caso a caso, los problemas reales de las empresas. El planteamiento formal aborda los mecanismos de cooperación interadministrativa y de buena regulación, a través de foros de discusión con las CCAA y de la posible intervención de la recién constituida Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Ciertamente, la eficacia de las medidas que contempla el PLGUE se hace depender, fundamentalmente, de la lealtad y voluntad de cooperación de las Comunidades Autónomas y de la confianza de los operadores en su efectividad, ya que la normativa en discusión no genera realmente instrumentos de actuación potentes a disposición de las empresas o del Estado frente a posibles incumplimientos por la legislación autonómica.

Tampoco establece criterios de armonización en materia de fiscalidad, vía por la que ya se ha demostrado que también se produce una ruptura muy importante de nuestro mercado.

En cualquier caso, ahora se ha abierto la fase de discusión parlamentaria que seguramente, como se indicaba al principio, puede dar lugar a la apertura de un debate técnico y político muy profundo. Confiamos en que así sea, ya que cualquier avance para mejorar la competitividad de nuestra economía es fundamental, especialmente en estos momentos, y ahora cuenta con el mayor consenso empresarial.

Aurelio del Pino González es director general de ACES (Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados)

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_