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Los expertos advierten: los clientes solo ganarán en casos obvios de mala praxis

¿Qué posibilidades tengo de que me devuelvan el dinero en el arbitraje de preferentes de Bankia?

Los arbitrajes son la gran esperanza de los dueños de casi 5.000 millones de euros en híbridos de Bankia. Pero esta fórmula está reservada para casos flagrantes de mala praxis. La vía judicial es la otra opción pero cuesta dinero y es más lenta.

Cartel publicitario de la salida a Bolsa de Bankia, en Madrid.
Cartel publicitario de la salida a Bolsa de Bankia, en Madrid.Pablo Monge

Todavía se desconoce el procedimiento concreto del arbitraje en las preferentes de Bankia. Un documento con los puntos fundamentales sobre el acuerdo entre Gobierno y PSOE señala que "se procurará que aquellos titulares minoristas que opten por el arbitraje puedan, como regla general, elegir sede de arbitraje próxima a su domicilio, sin perjuicio de que determinadas inversiones de elevada cuantía puedan someterse a reglas específicas de competencia". Fuentes conocedoras de las negociaciones, ante la dimensión del asunto, señalan que es posible que se ponga en marcha la Junta Arbitral Nacional de Consumo, al menos para algunos casos.

Solo los dueños de preferentes de BFA-Bankia son 80.000 y el importe comprometido son 3.125 millones de euros. Los bonos subordinados con vencimiento vendidos por Bancaja en 2009 y por Caja Madrid en 2010 suman 1.800 millones. Los procedimientos habilitados para lograr justicia en NCG Banco y CatalunyaBanc son ciertamente esperanzadores. A finales del año pasado, la entidad gallega había devuelto 208 millones de euros de las preferentes (903 millones de euros) y deuda perpetua. Comenzó el proceso el pasado julio y el organismo encargado de realizar los arbitrajes es el Instituo Gallego de Consumo. CatalunyaBanc ha reembolsado cerca de 18 millones, en este caso el importe de las preferentes sometidas a un potencial arbitraje es de 510 millones.

Eso sí, Bankia detallará el procedimiento de arbitraje una vez que los híbridos se hayan canjeado por acciones. La metamorfosis se efectuará antes de abril; solo entonces será cuando los clientes puedan reclamar a través de esta fórmula.

"Lo más importante son los perfiles de inversión", señala Alfonso Conesa, director de la Agencia Catalana de Consumo, quien detalla que no todos los dueños de estos productos pueden acudir al arbitraje. Ni Bruselas ni el fondo de rescate de la banca (FROB) lo permiten. De ahí que la entidad financiera deba aceptar primero el arbitraje, y para ello han contratado a auditoras externas: CatalunyaBanc a Ernst & Young, NCG Banco a PwC y Bankia a KPMG.

"Los asesores decidirán qué solicitud cumple los requisitos para acudir al arbitraje. [...]. De hecho, este sistema arbitral está ideado en principio únicamente para los casos más flagrantes de mala praxis bancaria", explica Carlos Aguilar, socio de CMS Albiñana y Suárez de Lezo. Alfonso Conesa coincide al recomendar que "todas aquellas personas que se han sentido engalladas deben acudir al arbitraje". Para el resto de los casos, aconseja acudir a un abogado para que busque el mejor camino.

Casos flagrantes

Los criterios de perfil de inversión son los que más se están teniendo en cuenta en los arbitrajes efectuados por CatalunyaBanc y NCG Banco, y previsiblemente serán los prioritarios en los Bankia. Primero, la conclusión del test de conveniencia, obligatorios en los productos complejos como las preferentes desde finales de 2007, y la concordancia con el historial del cliente. "Obviamente, existen dudas sobre la veracidad de un test en el que el cliente que haya sido declarado apto pero que nunca ha invertido en Bolsa, siempre ha contratado plazos fijos y además es de edad avanzada", explican fuentes jurídicas.

"La edad, la renta personal, su origen, su profesión, otros productos financieros contratados, la proporción del importe reclamado sobre el total de capital personal y la conducta histórica del cliente". Estos los criterios que se están siguiendo y que la CNMV y el Banco de España vigilarán que se cumplen a través de la comisión para supervisar los arbitrajes.

"Los casos en los que se puede acreditar la falta de información y aquellos con defectos de forma. Por ejemplo, cuando no están correctamente firmadas las órdenes de suscripción o no se han realizado los preceptivos test de conveniencia también hay elementos bastante claros que apuntan a que se devolverá el dinero al cliente", añade Alfonso Conesa. Son, en definitiva, los denominados criterios objetivos: falta de firma, firma de un menor o de una persona con minusvalía psíquica sin firma de sus tutores legales, o las famosas firmas con la huella dactilar.

Eso sí, las pruebas son taxativas. "Solo en los casos en los que, antes de su contratación, el banco no ha explicado por escrito la naturaleza y riesgos del producto, alertando al cliente de las pérdidas que éste puede conllevar, sobre sus posibilidades de cancelación y de la idoneidad del producto para el cliente (realizando los obligados test de idoneidad), puede prosperar la acción del cliente frente a la entidad bancaria", explican en CMS Albiñana y Suárez de Lezo.

Plazos y modo de presentar las reclamaciones

En el caso de CatalunyaBanc existen cuatro vías para presentar la solicitud de arbitraje: a través de los organismos municipales de consumo, de los comarcales, de la propia Agencia Catalana de Consumo y de las propias sucursales de la entidad. El director de la agencia calcula que a lo largo de febrero tengan bajo estudio unas 6.000 solicitudes de arbitraje. Hay todo tipo de casos de arbitraje, incluyendo algunos de cantidades muy elevadas, de más de medio millón de euros.

Una vez que el cliente presenta la solicitud de arbitraje, pasa en torno a un mes hasta que se filtra por parte del asesor externo, y el proceso total puede durar en torno a dos o dos meses y medio. "Tenemos trabajando a entre 12 y 15 árbitros solo en el tema de las preferentes. Los árbitros deben ser funcionarios con experiencia en consumo y las vistas se hacen sin presencia de las partes, el proceso es muy rápido", reconoce Alfonso Conesa. Es decir, los casos que llegan al arbitraje vienen a reconocer una comercialización defectuosa por parte de la entidad. De hecho, todos los laudos en NCG Banco y CatalunyaBanc han sido favorables a los clientes.

"La ventaja que puede presentar un arbitraje frente a un procedimiento judicial es que el primero suele resolverse con mayor celeridad", reconoce el socio de CMS Albiñana y Suárez de Lezo. Aunque hay que tener muy en cuenta que el laudo arbitral resolverá definitivamente sobre el fondo del asunto, sin posibilidad de revisión por una segunda, mientras que la sentencia dictada por un juzgado de primera instancia puede ser objeto de un recurso de apelación ante la audiencia provincial y, en última instancia, siempre que lo permita la cuantía o la materia enjuiciada, ante el Tribunal Supremo.

El arbitraje es gratuito para el cliente, si bien este debe argumentar por qué se le debe devolver el dinero. Obviamente, la opción de contratar o no a un abogado para que diseñe el escrito es potestativa, no obligatoria. Pero es aconsejable que se contrate a un experto para que la reclamación esté correctamente explicada y fundamentada.

Futuros procesos

El objetivo del acuerdo al que han llegado Gobierno y PSOE -dejando al margen a otros grupos parlamentarios impulsores de la comisión como CiU, recuerda Conella- es que los clientes obtengan justicia sin tener que pasar por los tribunales. En teoría el arbitraje se ampliará a tos los bancos con ayudas públicas, no solo los nacionalizados. Es decir, Liberbank, Caja3, BMN y Ceiss, nacido este último de la fusión de Caja España y Caja Duero. Entre todos, han recibido 1.865 millones de euros del fondo de rescate europeo.

Pero BMN ya no tiene híbridos en manos de particulares. Canjeó 938 millones de preferentes por depósitos y otros 1.041 en deuda subordinada por depósitos. Es decir, prácticamente el 100%. Le quedan unos 400 millones en híbridos vendidos a grandes inversores, que no son susceptibles de ir a arbitraje. Tampoco Caja3 tiene híbridos en manos de pequeños inversores, pues canjeó deuda subordinada de Caja Badajoz y de Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón (CAI) por 288 millones.

Banco Ceiss, mientras, tiene unos 1.000 millones de euros en híbridos (412 millones en preferentes de particulares). Liberbank, por su parte, dispone de 178 millones de euros en preferentes de minoristas y cerca de 350 en deuda subordinada. Estas dos entidades trataron de dar salida a estos activos y canjearlos por depósitos en junio pero Bruselas no se lo permitió. Los clientes de Ceiss y Liberbank podrán ir al arbitraje si consideran que sufrieron una venta defectuosa. Liberbank, en todo caso, negocia una solución alternativa a la del canje por acciones para los particulares.

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