_
_
_
_
_
Solo podrán acceder a él las familias "vulnerables"

El BOE fía la creación del parque social de viviendas a la negociación con la banca

EL BOE ha publicado hoy la norma aprobada ayer por el Gobierno sobre los desahucios establece que el Gobierno deberá promover la creación de un parque de alquiler social, pero se limita a encomendar al Gobierno a que lo negocie con la banca.

El ministro de Economía, Luis de Guindos, tras el consejo de ministros que aprobó las medidas urgentes contra los desahucios.
El ministro de Economía, Luis de Guindos, tras el consejo de ministros que aprobó las medidas urgentes contra los desahucios.Reuters

La normativa sobre desahucios aprobada ayer por el Gobierno y publicada en el BOE de hoy deja en el aire Numerosas incógnitas.

Qué, cuántas y papel de la banca. No concreta en qué consistirá el parque social de casas de alquiler destinado a personas desahuciadas. La norma se limita a especificar que "Se encomienda al Gobierno que promueva con el sector financiero la constitución de un fondo social de viviendas propiedad de las entidades de crédito".

El texto, eso sí, deja claro que este parque social de viviendas solo será accesible a las personas en situación de vulnerabilidad a las que alude el decreto de los desahucios. Esto es, a aquellas que ganando menos de 19.200 euros al año y siendo familia numerosa o con personas dependientes hayan sido desahuciadas antes de la publicación del decreto.

Más información
Documento: Carta abierta del presidente de la AEB

Límites al acceso. Obviamente, las familias que sean expulsadas de sus casas a partir de ahora no podrán beneficiarse del citado parque de viviendas sociales, dado que las condiciones para paralizar los lanzamientos (la expulsión efectiva de la vivienda) son las mismas que para el alquiler social.

"Este fondo social de viviendas tendrá por objetivo facilitar el acceso a estas personas a contratos de arrendamiento con rentas asumibles en función de los ingresos que perciban", explica el texto legal.

Acreditar la situación de vulnerabilidad. El decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, es decir, hoy mismo, por lo que los lanzamientos han sido paralizados de manera inmediata. No obstante, el deudor tiene que acreditar, "en cualquier momento del procedimiento de ejecución hipotecaria y antes de la ejecución del lanzamiento", la concurrencia de las circunstancias que permiten paralizar la expulsión de la casa.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Más información

Archivado En

_
_