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Fiscalidad

El Gobierno modifica la Ley del IVA para evitar el fraude en el CO2

España se ha sumado a Holanda y ha decidido modificar la Ley del IVA para evitar el fraude fiscal que se cernía sobre la compraventa de derechos de emisión de CO2. In extremis, y de forma unilateral, el Gobierno ha introducido en la Ley de Sociedades de Inversión en el Mercado Inmobiliario un cambio por el cual, en este mercado, quien declara el IVA no es el vendedor sino el comprador.

Tras la evidencia de que el mercado de derechos de emisión de CO2 se había bloqueado por el temor a operaciones fiscalmente fraudulentas, el Gobierno ha introducido en la Ley de Sociedades de Inversión en el Mercado Inmobiliario (convertida en una auténtica norma escoba) una disposición por la que se modifica la Ley del IVA en línea con lo que ha hecho Holanda. Esto es, invirtiendo el sujeto pasivo en el mercado de derechos de emisión.

El texto legal, que pasó hace apenas una semana el último trámite parlamentario con su aprobación en el Congreso, había incorporado a última hora en el Senado un cambio importante del artículo 84 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. En dicho artículo se añade como sujetos pasivos de este tributo a "los profesionales para quienes se realicen las operaciones sujetas a gravamen" también "cuando se trate de prestaciones de servicios que tengan por objeto derechos de emisión, reducciones de certificados de emisiones y unidades de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero", según la norma ya aprobada.

Este mercado fue establecido en la ley sobre el comercio de emisiones de 2005 y el real decreto de 2007 sobre mecanismos de flexibilidad del Protocolo de Kioto.

La UE prepara un marco común tras las medidas unilaterales de los países

De esta manera, el Ministerio de Economía y Hacienda quiere evitar el llamado efecto carrusel del IVA que se ha introducido por primera vez en el sector servicios a través de los derechos de CO2, pero ya existía en el mercado del oro y en el de la chatarra. El fraude consiste en la compra transfronteriza de un producto sin IVA, su venta local cobrando el impuesto y la desaparición del intermediario con el IVA cobrado y sin saldar con el fisco. Con la inversión del sujeto pasivo será el comprador (por ejemplo, las empresas eléctricas, siderúrgicas o cementeras que necesiten adquirir derechos para producir) el que liquide el IVA con Hacienda. De esta manera, se evita que el defraudador (suele tratarse de sociedades pequeñas que luego desaparecen) se quede con la recaudación.

Norma irregular

El fraude se detectó en varios lugares de Europa (Francia, Holanda y Reino Unido) el pasado verano y la potencial envergadura del daño al erario público disparó las alarmas y obligó a esos países a tomar medidas unilaterales para atajar la hemorragia fiscal.

Holanda optó, como ahora España, por invertir la carga en el sujeto pasivo. París y Londres eximieron de IVA la compra-venta de derechos de emisión.

La Comisión Europea no ha tenido más remedio que aceptar esas medidas unilaterales como un mal menor. Pero el departamento del comisario europeo de Fiscalidad, Laszlo Kovacs, advierte que todas ellas contravienen la legislación comunitaria sobre el IVA. Y que si se prolongan en el tiempo, Bruselas podría expedientar a los cuatro países.

Para evitar ese enfrentamiento, la CE presentó en tiempo récord un proyecto de directiva que permite la inversión impositiva hasta 2014 en dos productos (a elegir entre teléfonos móviles, microchips, metales preciosos y perfumes) y en derechos de emisiones. La nueva ley, sin embargo, requiere la aprobación unánime de los 27 ministros de Economía y Finanzas de la UE y ese acuerdo puede tardar meses o años en alcanzarse.

Inspecciones

Además del cambio legal, Hacienda ha iniciado actuaciones de inspección de algunas operaciones en el mercado de emisiones realizadas en los últimos meses, indican fuentes próximas al Gobierno. El sector espera que el mercado, que está prácticamente bloqueado, vuelva a la normalidad.

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